Todo ciudadano en el momento en el que formalizó el préstamo hipotecario de su vivienda, su entidad bancaria le hizo pagar los gastos de formalización de la misma, a pesar de que no le correspondía asumirlos. Debe ser conocedor que tal y como ha ocurrido con las cláusulas suelo, las cláusulas de atribución al consumidor de todos los gastos derivados de la concertación de la hipoteca son nulas.
Es la sentencia 705/2015 de 23 de diciembre del Tribunal Supremo la que declaró abusiva la cláusula en la cual se impone al consumidor el pago de todos los gastos, tributos y comisiones derivados del préstamo hipotecario, y por tanto la que abrió la puerta a que multitud de consumidores puedan reclamar las cantidades que fueron obligados a pagar en su momento. Si bien es cierto, que dicha sentencia se centra en el banco BBVA, ésta es ampliable a todas las entidades bancarias, ya que todas tienen la misma forma de proceder y las cláusulas resultan muy parecidas entre sí. Es decir que toda persona con una hipoteca podrá solicitar que se declaren nulos los gastos que de formalización se derivaron en su momento.
Nuestros profesionales en la materia declaran que la gran mayoría de compradores de inmuebles desconocen que sus derechos se están vulnerando, por ello aconsejamos a todos los afectados ejercitar sus derechos y reclamar lo que es suyo.
En Madison Abogadas reclamamos dichos gastos, obteniendo la nulidad de la clausula en la que viene recogida dicha obligación, y obtenemos la devolución de esos gastos hipotecarios que pagó de más.
Índice
¿Cuáles son los gastos de constitución de una hipoteca?
Antes de entrar a enumerar los gastos que están incluidos y que por tanto procedería la reclamación, es importante dejar claro que los gastos de formalización de la hipoteca no son los mismos que los gastos de la compraventa, y que son los primeros, los que derivan de la Hipoteca los que tiene derecho a reclamar.
De igual modo para determinarlos, es importante conocer el texto de la Sentencia del Tribunal Supremo que los declara Nulos, y que viene a ser el siguiente:
“Son de cuenta exclusiva de la parte prestataria todos los tributos, comisiones y gastos ocasionados por la preparación, formalización, subsanación, tramitación de escrituras, modificación -incluyendo división, segregación o cualquier cambio que suponga alteración de la garantía- y ejecución de este contrato, y por los pagos y reintegros derivados del mismo, así como por la constitución, conservación y cancelación de su garantía, siendo igualmente a su cargo las primas y demás gastos correspondientes al seguro de daños, que la parte prestataria se obliga a tener vigente.»
Dicho esto, los gastos de constitución de la hipoteca que pueden ser objeto de reclamación son los siguientes:
– Factura de tasación del inmueble
– Factura de la notaria.
– Factura de Registro de la Propiedad.
– Factura de la gestoría.
– Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
Si bien es cierto, que esto son los gastos que pueden ser susceptible de reclamación, hay que estar al caso concreto, puesto que las clausulas que impone dicha obligación no vienen redactadas siempre de la misma manera, y puede no incorporar la obligación de pago de alguno de los conceptos.
Por ello, en Madison abogadas estudiamos tu caso, te aclaramos todas tus dudas y te decimos que gastos tienes derecho a reclamar.
¿Cómo reclamar los gastos de la hipoteca?
La manera de proceder para reclamar los gastos de formalización de la hipoteca, es la misma que para reclamar las ya conocidas clausulas suelo.
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RECLAMACION EXTRAJUDICIAL
Es aconsejable presentar una RECLAMACIÓN AL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LA ENTIDAD, y en caso de obtener una respuesta negativa, proceder a interponer la oportuna demanda judicial contra la entidad bancaria.
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INTERPOSICION DEMANDA JUDICIAL
Agotada la vía extrajudicial, llega el momento de interponer una demanda judicial, ya que es la única forma que tiene el consumidor de acceder al sistema judicial español para que un juez dictamine si es pertinente la eliminación de una cláusula.
La interposición de la demanda ante el Juzgado tendrá como Objetivos:
- La obtención de la nulidad de la clausula en la que viene recogida dicha obligación.
- La devolución de esos gastos hipotecarios que pagó de más.
Desde Madison Abogados te aconsejamos que contactes con nuestros abogados especialistas en la materia, que se aseguraran de ofrecerte un buen asesoramiento.
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