El art. 101.I CC contempla como causa de extinción de la pensión compensatoria el que la persona beneficiaria “viva maritalmente con otra persona”. También lo prevé el artículo 83.5 del Código del Derecho Foral Aragonés , que dispone, respecto de la denominada “asignación compensatoria”, que:“La asignación compensatoria se extinguirá en los supuestos de nueva convivencia marital del perceptor…”
No existe una definición legal pero la interpretación sostenida por los Juzgados exige la concurrencia de unos puntos comunes para que la misma se aprecie, y que acrediten que la convivencia es duradera y estable, así como que existen lazos sentimentales fuertes que acreditan que dicha pareja hace vida en común equiparable a la situación de matrimonio.
A título de ejemplo indicamos dos resoluciones estimatorias de la existencia de “vida marital”:
La carga de la prueba de la vida marital corresponde a quien la alega, y para ello se pueden emplear cuantos medios de prueba se admiten en nuestro derecho, y fundamentalmente por:
En esta línea se manifiesta la ya citada Sentencia de AP Ourense, sec. 1ª, núm. 459/2016, de 28 de diciembre (EDJ 2016/253748), o la Sentencia de AP Asturias, sec. 5ª, núm. 298/2015, de 19 de octubre (EDJ 2015/196890), que confirma la extinción de la pensión al obrar en autos la fotografía de ambos en Facebook, así como los comentarios en la página de las amistades alusivos a su relación de pareja.”
El procedimiento para la extinción de la pensión compensatoria establecida en separación o divorcio, será un proceso de modificación de medidas que podrá realizarse de mutuo acuerdo (entre la persona que la percibe y el obligado a abonarla) o de forma contenciosa, de manera que el pagador deberá acreditar la existencia de convivencia marital para obtener su estimación.
En Madison Abogadas, tu despacho de abogados de divorcio en Zaragoza, estamos a tu plena disposición para asesorarte y ayudarte en tu proceso para lograr la extinción de la pensión compensatoria de divorcio o separación.
Sobre Jessica Serrano Domingo
Licenciada en Derecho por la Universidad de Zaragoza, continuando su Formación Jurídica con la realización de un Máster de Practica Jurídica impartido por el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza. Su trayectoria profesional se ha centrado en el ejercicio profesional de la abogacía colaborando no solo con diversos abogados de la ciudad, sino también con administradoras de fincas y diversas empresas privadas, que le han permitido especializarse en materias de derecho civil y derecho penal. 976 42 74 16
657 83 26 12
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