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En todo proceso de ruptura una de las mayores preocupaciones es saber cuánto se va tener que pagar en concepto de pensión de alimentos a los hijos. En Madison Abogadas resolvemos todas tus dudas.
¿Qué debo hacer?
En primer lugar hay que saber que dependiendo del sistema de guarda y custodia que se establezca, el modo de fijar la pensión de alimentos será uno u otro.
- Si se establece una custodia compartida, lo más común y siempre que la capacidad económica de los progenitores sea parecida, cada uno hará frente a los gastos de los hijos en los periodos que los tengan bajo su cuidado y los relativos a educación, actividades, así como los extraordinarios se abonarán por mitad. A este respecto, no debe caerse en el error de que siempre que exista una custodia compartida cada uno hará frente a los gastos de cuidado de los hijos mientras están en su compañía, porque esto va a depender de la posición económica en que se encuentren.
- Si se establece el sistema de guarda y custodia exclusiva a favor de uno de los progenitores, entonces el obligado a abonar una pensión de alimentos será el que no tenga atribuida la custodia.
En nuestra legislación no está determinado el importe de la pensión de alimentos, sino que se fija caso por caso, dependiendo de las circunstancias concretas. En los supuestos tramitados de mutuo acuerdo serán las partes quienes libremente fijarán dicha cantidad y en los contenciosos será un Juez el que establezca la cuantía atendiendo a los argumentos y pruebas que se hayan presentado en el Juicio.
¿Quién establece el sistema de guarda y custodia y como se fija la pensión de alimentos?
En el procedimiento judicial contencioso, se atenderá a la capacidad económica del obligado a abonarla y a las necesidades de alimentación, habitación, educación, vestido y ocio de los hijos beneficiarios de la pensión. En conclusión la decisión la tomará el Juez en función de los datos acreditados durante el proceso como ingresos de los padres, número de hijos, gastos de éstos, responsabilidades económicas a las que tengan que hacer frente los progenitores, las necesidades especiales de los hijos, lugar y circunstancias concretas de residencia de los menores, etc.
Igualmente por los Tribunales se ha ido creando un criterio encaminado a establecer una pensión de alimentos mínima o de subsistencia, fijando un importe mínimo de pensión de alimentos independientemente de los criterios anteriormente expuestos.
No obstante lo anterior, en Julio de 2013 del Consejo General del Poder Judicial elaboró unas tablas orientadoras para determinar el importe de las pensiones de alimentos, adaptadas a la jurisprudencia y sobre bases científicas, con la colaboración del Instituto Nacional de Estadística. Esta creación ha sido una respuesta a la demanda que venía existiendo por distintos operadores jurídicos que trabajan en el ámbito del Derecho de Familia en su búsqueda de que poco a poco exista mayor previsibilidad en las resoluciones y que las respuestas judiciales ante supuestos iguales no pudieran ser dispares, en definitiva, conseguir mayor seguridad jurídica.
¿Qué son y como funcionan estas tablas orientadoras?
Estas Tablas Estadísticas de Pensiones Alimenticias es un sistema de baremación que se pueden utilizar por los Jueces y Tribunales en los procesos de Familia:
- Nulidad
- Separación.
- Divorcio
- Guarda y custodia.
- Alimentos de hijos extra – matrimoniales.
- Procesos de filiación.
- Alimentos entre parientes.
- Modificación de medidas.
- Extinción o Suspensión de la pensión de alimentos.
Además, existe una aplicación informática online para aplicar dichas tablas y calcular el importe de las pensiones, para que también los ciudadanos puedan acceder a ellas, facilitando los procesos de familia de mutuo acuerdo y así evitar procedimientos de separación o divorcio alargados por no llegar acuerdos.
En todo caso, estas Tablas son un instrumento orientador y su utilización se adaptará a cada caso concreto que se pueda dar, y se ha previsto que las mismas se actualizarán cuando se produzcan cambios en la estructura de gastos de las familias y, como mínimo cada cinco años.
El sistema de Tablas para la fijación de pensiones en los procesos de familia viene siendo empleado desde hace años en algunos países de nuestro entorno, como Canadá, Noruega, Estados Unidos y Alemania entre otros, y en España con su creación se trata de conseguir altos niveles de previsibilidad de la respuesta judicial, aumentar la seguridad jurídica y facilitar los acuerdos y soluciones en este tipo de procesos, evitando en buena medida los costes de los procesos contenciosos. Hace mucho tiempo que se venía demandando, habida cuenta la existencia en materia de derecho de familia de innumerables procesos en los que la principal cuestión es precisamente la cuantía de la pensión de alimentos en favor de los hijos.
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