¿Tu ex pareja se niega a autorizar el pasaporte a vuestro hijo? Llama a Madison Abogadas y te asesora sobre como proceder.
La decisión de autorizar la expedición del pasaporte de los hijos menores es una función que entra dentro del ámbito de la PATRIA POTESTAD, que se ejerce personalmente por los progenitores en interés de los hijos, y con independencia de quién tenga atribuida la guarda y custodia del menor.
Con la entrada en vigor del Real Decreto 411/2014, de 6 de junio, de 11 de julio, se procede a regular en su Artículo 4.2 como se debe proceder en caso de solicitud de un pasaporte para un menores de edad.
“Cuando la persona que solicite la expedición del pasaporte fuera menor de edad y no estuviera en posesión del documento nacional de identidad, por no estar obligado a su obtención, deberá aportar una certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del pasaporte y que contengan la anotación de que se ha emitido a los solos efectos de la obtención de este documento.”
Es decir, para que pueda expedirse el pasaporte de un menor de edad debe constar el consentimiento expreso de quienes tengan atribuido el ejercicio de la patria potestad. Debiendo acreditar su identidad y la relación de parentesco, mediante la presentación de cualquier documento oficial al efecto.
La imposibilidad de uno de los progenitores de solicitar la expedición del pasaporte del menor puede venir ocasionada por diversos motivos, entre los que se encuentra, la negativa del otro progenitor a prestar su consentimiento o por que el mismo se encuentra en paradero desconocido.
Índice
Supuesto en el que uno de los progenitores se niega a prestar el consentimiento
Como ya sabemos y hemos explicado para tramitar el pasaporte de menores, y para evitar un movimiento migratorio que no sea consentido por ambos padres, la normativa exige que la expedición del mismo sea consentido por ambos, si bien la ley prevé la posibilidad de que los padres divorciados puedan dirimir el conflicto de no consentir dicha expedición en un procedimiento de jurisdicción voluntaria.
De esta manera, el progenitor que quiere la tramitación del pasaporte del menor pedirá expresamente al juez la tramitación del mismo sin que el otro progenitor otorgue el consentimiento.
Si bien, se debe ser consciente que dicha solicitud no implica ni garantiza que el permiso sea otorgado. Llegados a este punto, cada una de las partes expondrá los argumentos correspondientes por los que solicita o en su caso niega la expedición del pasaporte. El fiscal igualmente pondrá atención y sera garante de los derechos de los menores durante la tramitación del procedimiento.
Situaciones en la que uno de los progenitores se encuentra desaparecido
Este supuesto, es una realidad diferente al anterior caso, puesto que no es que haya una negación a prestar el consentimiento, sino que es materialmente imposible prestarlo por no estar localizado el progenitor. Lo cierto es que el padre desaparecido se convierte en un impedimento innecesario para la persona que cuida hijo menor.
En estos supuesto disponemos de dos posibilidades:
1.- Interpones un procedimiento de Jurisdicción Voluntaria, tal y como hemos explicado en el supuesto anterior.
2.- El progenitor que quiere la expedición del pasaporte, de conformidad con el Articulo 156 del Código Civil, puede PRESENTAR UN ESCRITO al Jugado correspondiente explicando la problemática, de tal modo que la propia autoridad judicial hace un intento de localización del progenitor desaparecido y en el caso de no conseguir la localización del mismo, dicta una RESOLUCIÓN especificando que para la obtención del pasaporte del menor se atribuye el ejercicio exclusivo de la potestad parental al progenitor custodio por estar el otro ausente.
¿Qué procedimiento hay que seguir?
La Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria establece un procedimiento específico para sustituir la falta del consentimiento del progenitor para la solicitud de la expedición del pasaporte. Dicha ley recoge en los acudir a la vía que establecen los artículos 85 y 86 el procedimiento a seguir len los caso de Intervención judicial en relación con la patria potestad.
¿Necesitas que preparemos un requerimiento al otro progenitor para que entregue el pasaporte?
¿Has de instar el procedimiento de jurisdicción voluntaria para que un Juez autorice la expedición del pasaporte? -Abogados Divorcios Zaragoza- Llama a Madison Abogadas
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