¿Tengo derecho a reclamar si mi vuelo ha sido retrasado? ¿Cómo debo proceder?
Si tu vuelo ha sufrido un retraso prolongado, no lo dudes, en Madison Abogadas te asesoramos sobre las posibilidades que tienes de reclamar.
Como ya explicábamos en el anterior artículo publicado la semana pasada, y estando finalizando la denominada vuelta de las vacaciones, es posible que seas unas de esas personas a las que desafortunadamente le ha tocado vivir un retraso del vuelo de vuelta a casa. Ante la existencia de esta circunstancia debes ser consciente de que estás en tu derecho de reclamar a la compañía aérea.
Es decir, que estarás en disposición de reclamar a la compañía aérea no solo si el vuelo ha sido cancelado sino también si has sufrido retrasos en el vuelo.
Índice
Supuesto: Vuelo retrasado
¿Que se considera vuelo retrasado?
Se entiende que el vuelo ha sufrido un retraso, cuando han transcurrido más de 2 horas a contar desde la hora de salida prevista del vuelo. Es decir que si el retraso es de 1 hora y 59 minutos no estarás en disposición de reclamar nada. Los tiempos son muy importantes a la hora de reclamar las indemnizaciones en este tipo de casuística.
¿Cuáles son mis derechos?
- Mi vuelo se ha retrasado entre 2 y 3 horas:
- La compañía deberá ofrecerte compensación y asistencia
- Además la aerolínea debe ofrecerte comida y bebida para la espera así como dos llamadas telefónicas si fuera necesario.
- No tendrá derecho a una compensación económica directa.
- Mi vuelo se ha retrasado más de 3 horas:
- La aerolínea debe reembolsarte en 7 días del coste integro del billete en el precio al que se compró, correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas y a la parte o partes del viaje efectuadas.
- La compañía te ofrecerá la conducción hasta el destino final en condiciones de transporte comparables, lo más rápidamente posible y de no ser posible en una fecha posterior que convenga al pasajero, en función de los asientos disponibles.
- Tendrás derecho a una compensación económica directa, es decir una indemnización que se calcula en función de la distancia del vuelo:
- 250€ (para vuelos inferiores a 1.500 km)
- 400€ (para vuelos entre 1.500 y 3.500 km)
- 600€ (para vuelos superiores a 3.500 km.)
En cualquiera de los tres supuestos, aún habiéndose abonado la compensación del vuelo retrasado, no basta para cubrir los gastos que hemos tenido que hacer por culpa del retraso, es posible reclamar la cantidad restante por los daños y perjuicios padecidos, siempre que podamos acreditarlos, pero la indemnización máxima que se podrá percibir es de unos 5.150 € aproximadamente.
¿Cómo reclamo por el retraso de un vuelo?
- Presentación Reclamación a la Compañía Aérea. El paso previo para iniciar el procedimiento es proceder a reclamar directamente a la compañía aérea del vuelo retrasado.
- Presentación Reclamación a AESA. Si las peticiones formuladas en la reclamación anterior han sido denegadas o no atendidas conforme a lo solicitado, la normativa comunitaria establece la posibilidad de reclamar la compensación y la asistencia ante el organismo competente es la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
- Presentación Demanda ante los Tribunales. Si no han prosperado dichas reclamación, estas en disposición de exigir las compensaciones oportunas ante los tribunales.
Lo cierto es, que en muchas ocasiones los pasajeros deciden no reclamar por considerarlo una pérdida de tiempo que no lleva a nada, pero nada más lejos de la realidad, asesórate e infórmate para reclamar lo que te pertenece por el retraso de un vuelo.
Madison Abogadas, vela por tus derechos antes un posible retraso de un vuelo. Llámanos e infórmate.
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