gastos originados compraventa de inmueble

Gastos originados en la compraventa de un inmueble

¿Estas interesado en comprar un inmueble? Madison abogadas te asesora sobre los gastos que conlleva la operación.

Si eres de esas personas que por cualquier motivo, se está planteando hacer una inversión importante, como la que supone la compra de una vivienda, debes tener claro que conlleva  realizar dicha compra. Con ello me refiero no  solo al importe que pueda suponerte la vivienda, sino también a todo lo que lleva aparejado, como podría ser el pago de una hipoteca, y sobre todo los gastos generados por la compraventa de una vivienda.

Es decir, que llegado el momento de comprar un inmueble te enfrentarás a una gran cantidad de gastos adicionales, independientes al precio del bien en cuestión, pero accesorios a la operación de compra, de tal forma entre mayor información tengas sobre estos gastos, podrás hacer una mejor planeación de tu compra.

Gastos previos a la compraventa del inmueble:

  • Gastos de Tasación

Es uno de los primeros gastos, y resulta imprescindible, siempre y cuando tengamos que pedir hipoteca al banco, por lo que será un gasto que deberá asumir el comprador del inmueble. Con la valoración realizada,  el banco va a tener una referencia del valor aproximado del inmueble. El coste de una tasación puede oscilar estar entre los 200 y los 400€ aproximadamente.

  • Gastos para el precontrato

En ocasiones, y antes de realizar la escritura de compraventa,  se firme un precontrato entre vendedor y comprador. Se trata de un contrato privado por el que se asegura la operación, ya que obliga a cumplir a ambas partes los pactos contenidos en él, siempre y cuando estén dentro de la legalidad.  Lo cierto es que este contrato en ocasiones es realizado por las  inmobiliarias que se encargan de gestionar la venta, y no suponen ningún coste aparejado, mas que el precio de arras que se pacte en el propio documento privado, y en otras ocasiones podrá ser realizado por un  notario.

Gastos posteriores a la compraventa del inmueble

  • Gastos de Notaría

Una vez la transacción esta acordada y la hipoteca esta concedida el notario debe otorgar la escritura pública de compra-venta, es decir, certificar el cambio de propiedad, así como de la hipoteca en el caso de que la haya sus honorarios están regulados por la Administración y dependen del precio del inmueble, aunque el arancel que cobran puede variar, por ejemplo, dependiendo de si existen avalistas, del número de copias de la escritura que se emitan o, incluso, de su extensión.

  •  Gastos de Gestoría

Estos gastos se generan en el supuesto de que la compraventa del inmueble sea mediante hipoteca. La gestoría de la entidad bancaría, a través de la que se realiza la operación, lleva a acabo todas las gestiones de: la liquidación de los impuestos, la inscripción de la vivienda en el Registro, tanto de la escritura de compraventa, como de la hipotecaria. El coste de la gestoría va en función de la empresa y lo normal es que se pida una provisión de fondos para el pago de estos trámites y, una vez inscrita la compra y la hipoteca en el registro, si sobra, se devuelva el dinero sobrante.

  • Gastos de Registro

 Se trata del coste de la inscripción de las escrituras en el registro de la propiedad, y cuyo importe puede variar en función del valor, características o ubicación del inmueble.

  • IVA/ITP

En los caso de viviendas de obra nueva que suponga una primera transmisión se cobrará el IVA. Es decir, en aquellos casos en los que se compre directamente al promotor. Este impuesto supone el 10% sobre el valor del inmueble.

Sin embargo, en los supuestos de vivienda de segunda mano, se cobrará el ITP. Este  impuesto, supone el pago de un impuesto cuyo porcentaje varía en función de la comunidad autónoma en la que se realice la compraventa.

  • IAJ

El impuesto de actos jurídicos, se paga por firmar una escritura en el notario e inscribir en el Registro de la Propiedad cada escritura pública. Su base de cálculo en las hipotecas es la responsabilidad hipotecaria y, aunque varía en función del importe, del tipo de vivienda y de la Comunidad Autónoma, va del 0,1 al 1,5%.

  • Plusvalía Municipal

El vendedor está obligado al pago del Impuesto sobre el incremento del valor de los Terrenos de naturaleza urbana desde su adquisición hasta su trasmisión. El cálculo de este impuesto depende del valor catastral del suelo y el número de años que se ha tenido la vivienda, y el coeficiente de incremento y el tipo impositivo que establezca la ordenanza fiscal reguladora del impuesto del municipio en el que se encuentre el bien inmueble.

Madison abogadas realiza el estudio de la operación de compraventa de inmuebles. Llámanos y te asesoraremos para que no te lleves sorpresas.

¿Qué gastos de la compraventa de una vivienda corresponden a cada parte?

Gastos del vendedor

  • Los gastos derivados de la cancelación de inscripción de una hipoteca anterior, si la hubiere.
  • El impuesto de plusvalía, que varía en función del valor catastral y el número de años transcurridos desde la anterior transmisión.
  • Honorarios del agente inmobiliario, si se ha contado con uno, para la venta del inmueble.

Gastos del comprador

  • El  importe pactado por el inmueble.
  • Los gastos de la escritura de la hipoteca, en caso de que haya.
  • El IVA, en caso de que se trate de una obra nueva, o el ITP si vivienda de segunda mano.
  • El impuesto sobre actos jurídicos documentados.
  • Los honorarios del notario, correspondientes al otorgamiento de la escritura pública.
  • Los gastos de la inscripción en el Registro de la Propiedad
Jessica Serrano Domingo

Sobre Jessica Serrano Domingo

Licenciada en Derecho por la Universidad de Zaragoza, continuando su Formación Jurídica con la realización de un Máster de Practica Jurídica impartido por el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza. Su trayectoria profesional se ha centrado en el ejercicio profesional de la abogacía colaborando no solo con diversos abogados de la ciudad, sino también con administradoras de fincas y diversas empresas privadas, que le han permitido especializarse en materias de derecho civil y derecho penal.
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